Para recibir los beneficios de esta póliza el Asegurado o Beneficiario, cuenta con 90 días naturales para la presentación de los requisitos.
Si el Asegurado cancela los servicios médicos, para tramitar el reclamo debe presentar los siguientes documentos:
Gastos Médicos
El formulario “Solicitud de Beneficios” debidamente cumplimentado, con el diagnóstico y la evolución en tiempo (días).
Las facturas originales timbradas y canceladas de los gastos efectuados, con el detalle de cada uno de los bienes y/o servicios recibidos por el Asegurado y el costo respectivo, deberán ser aportados al momento de presentar la reclamación.
Recetas de medicamentos, prescripciones de exámenes de laboratorio, radiológicos u otro examen para diagnóstico.
El Asegurado o su Representante Legal según corresponda, debe firmar la boleta de autorización para revisar los expedientes clínicos donde el Asegurado ha sido atendido.
Fallecimiento por Accidente
- Carta del beneficiario solicitando la indemnización.
- Certificado Oficial de Defunción expedido por el Registro Civil, donde se especifique la causa de la defunción.
- Fotocopia del documento de identificación, tanto del beneficiario como del fallecido (en caso de menor de edad debe presentar el certificado de nacimiento).
- Copia del expediente judicial certificado que contenga la descripción de los hechos y las pruebas de laboratorio forense sobre alcohol (OH) o tóxicos en la sangre.
- El Beneficiario debe firmar la boleta de autorización para revisar los expedientes clínicos donde el Asegurado ha sido atendido.
Incapacidad Total y Permanente por Accidente
Carta del asegurado solicitando la indemnización.
Fotocopia del documento de identificación (en caso de menor de edad debe presentar el certificado de nacimiento).
Diagnóstico médico en el que se determine que, por alteración o debilitamiento de su estado físico o mental por el accidente, el Asegurado perdiera el sesenta y siete por ciento (67%) o más de su capacidad orgánica o funcional que le impida desempeñarse en su profesión o actividad habitual y se indique que la incapacidad se otorga NO SUJETA A REVISION, el diagnóstico y la fecha exacta de la valoración médica que dispuso la incapacidad.
El Asegurado o su Representante Legal según corresponda, debe firmar la boleta de autorización para revisar los expedientes clínicos donde el Asegurado ha sido atendido.
Si el asegurado recibe los servicios médicos a través de INS Salud
No se limita la cantidad de consultas.
No se aplicará ni deducible, ni coaseguro.
No se limita la cantidad de sesiones de rehabilitación (dentro del monto asegurado).
Se pagará el transporte de emergencia en ambulancia al momento del accidente - máximo ¢3.000.00 (tres mil colones) por evento-.