Mediante este seguro, le ofrecemos la posibilidad de suscribir las siguientes coberturas:
- Cobertura A: cubre las consultas médicas, medicinas, servicios de laboratorio y exámenes de diagnóstico fuera de hospital, y a causa distinta de embarazo, hasta por el 10% de la suma asegurada.
- Cobertura B: cubre hospitalización, cirugía hospitalaria y ambulatoria y atención médica a causa de embarazo para la asegurada directa o cónyuge del asegurado directo, cuidados de enfermería en el hogar, aparatos de apoyo y otros hasta por el 90% de la suma asegurada.
- Beneficio de Muerte: en caso de muerte se pagará el monto correspondiente, según la suma contratada (ver cuadro de Límites de Cobertura), siempre y cuando la causa de la muerte esté amparada en las condiciones del seguro.
¿Quiénes pueden adquirir este seguro?
- Puede ser contratado por personas con edades de los 18 a los 100 años de edad. En el caso de los hijos del asegurado; los mismos pueden ser incluidos desde los 30 días de nacidos y hasta los 24 años de edad.
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LÍMITES DE COBERTURA |
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Detalle |
Límites Máximos (Colones ¢) |
| Suma Asegurada |
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2.500.000 |
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5.000.000 |
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7.500.000 |
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10.000.000 |
| Fuera de Hospital |
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250.000 |
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500.000 |
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750.000 |
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1.000.000 |
| Dentro de Hospital |
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2.250.000 |
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4.500.000 |
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6.750.000 |
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9.000.00 |
| Maternidad |
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400.000 |
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500.000 |
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600.000 |
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700.000 |
| Muerte |
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1.000.000 |
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2.000.000 |
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3.000.000 |
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4.000.000 |
Para su información el Instituto confeccionó un addendem con los cambios realizados a las Condiciones Generales. Para obtener este documento sírvase comunicarse con su Agente de Seguros o Agencia Comercializadora.
¿Cómo y dónde puede usted utilizar el Seguro de Gastos Médicos del INS?
Pago directo al proveedor:
Ofrece la opción de utilizar bienes y servicios de salud, mediante el sistema de proveedores afiliados, con los cuales los siguientes beneficios cubiertos, serán pagados directamente al proveedor afiliado, siempre y cuando el asegurado presente la tarjeta de identificación:
a) Cuando se requieran los servicios médicos en forma ambulatoria de: terapias especiales, exámenes especiales, medicina nuclear y medicina del dolor.
b) Cuando se requiera la atención médica ambulatoria a consecuencia de un accidente, durante las primeras 24 horas.
c) Cuando se requiera la atención médica hospitalaria y/o quirúrgica como consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto por la póliza.
Para los puntos a) y c) anteriores, el asegurado debe coordinar con el proveedor afiliado la Pre -autorización. Este formulario debe ser enviado al Departamento de Accidentes y Salud, previo a la hospitalización o cirugía, (fax 243-9918) con 5 (cinco) días hábiles de anticipación.
Usted podrá ingresar a la Red de Proveedores en la dirección www.imcscostarica.com de nuestro Administrador de Servicios Médicos o en este sitio de internet, en el apartado Proveedores de Servicios.
Pago por reembolso:
a) Cuando se requiera servicios médicos de forma ambulatoria (incluye consulta externa).
b) Cuando se requieran servicios de hospitalización y/o procedimientos quirúrgicos y no haya utilizado los proveedores afiliados.
c) Cuando el asegurado ha efectuado el pago directamente al proveedor por los servicios de: hospitalización, cirugía electiva, terapias especiales, exámenes especiales, medicina nuclear y medicina del dolor.
Modalidades de aseguramiento
Bajo esta modalidad puede suscribir el seguro a título personal y para su núcleo familiar (cónyuge e hijos).
Si usted elige esta modalidad podrá disfrutar de un descuento -en el pago de la prima anual- de un 5% cuando sean dos asegurados y para más de dos se aplica un 7.5%l.
Para grupos obrero-patronales, asociaciones, cooperativas, sindicatos de un mismo patrono, que estén legalmente constituidos y que por la clase de trabajo u ocupación reúnan características de homogeneidad y elegibilidad.
Las personas que formen parte del plan, deben tener un nexo legal definido y demostrable con el contratante del seguro y un mínimo de 10 asegurados directos.
Para optar por esta modalidad debe cumplir con los siguientes requisitos:
- Pertenecer a grupos cuya relación sea obrero-patronal o
- Formar parte de asociaciones, cooperativas y sindicatos de un mismo patrono o
- De Colegios Profesionales
- Mínimo 10 asegurados directos.
Los seguros pueden adquirirse en cualquier Agencia Comercializadora de Seguros, con un Agente de Seguros Independiente, en las Agencias del Instituto en todo el territorio nacional y en las Oficinas Centrales del Instituto Nacional de Seguros.
Trámite de reclamos:
Para tramitar el reclamo por reembolso según la cobertura que corresponda, debe presentar:
Gastos Médicos
- Solicitud de beneficios (suministrada por el INS) debidamente cumplimentada.
- Recetas Médicas en el caso de medicamentos y prescripciones médicas de exámenes de laboratorio, ultrasonido, rayos x, resonancias, etc.
- Facturas originales canceladas.
- Cuando se efectúan gastos en el extranjero, el asegurado deberá presentar un certificado del médico tratante donde indique el diagnóstico, evolución del padecimiento y tratamiento efectuado, además de las facturas originales o los comprobantes de pago, en los cuales se detallen los gastos.
Muerte
- Carta del beneficiario solicitando la indemnización.
- Certificado emitido por el Registro Civil de Costa Rica (tomo, folio, asiento, causa de defunción)
- Solicitud del beneficiario.
- Fotocopia de las cédulas de identidad (asegurado y beneficiario).
- Sumaria (cuando la muerte es accidental)
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