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Miércoles, 14 de Mayo de 2008

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Seguro de Gastos Médicos del INS  

 
HyperLink A partir del 01 de Enero 2007


 

Mediante este seguro, le ofrecemos la posibilidad de suscribir las siguientes coberturas:

  • Cobertura A: cubre  las consultas médicas, medicinas, servicios de laboratorio y exámenes de diagnóstico fuera de hospital, y a causa distinta de embarazo, hasta por el 10% de la suma asegurada.
  • Cobertura B:  cubre hospitalización, cirugía hospitalaria y ambulatoria y atención médica a causa de embarazo para la asegurada directa o cónyuge del asegurado directo, cuidados de enfermería en el hogar, aparatos de apoyo y otros hasta por el 90% de la suma asegurada.
  • Beneficio de Muerte:  en caso de muerte se pagará el monto correspondiente, según la suma contratada (Ver cuadro de Límites de Cobertura), siempre y cuando la causa de la muerte esté amparada en las condiciones del seguro.
     

¿Quiénes pueden adquirir este seguro?
Puede ser contratado por personas con edades de los 18 a los 100 años de edad. En el caso de los hijos del asegurado; los mismos pueden ser incluidos desde los 30 días de nacidos y hasta los 24 años de edad.

 

LÍMITES DE COBERTURA
Detalle
Límites Máximos (Colones ¢)
Suma Asegurada   
2.500.000
  
5.000.000
  
7.500.000
  
10.000.000
Fuera de Hospital   
250.000
  
500.000
  
750.000
  
1.000.000
Dentro de Hospital   
2.250.000
  
4.500.000
  
6.750.000
  
9.000.00
Maternidad   
400.000
  
500.000
  
600.000
  
700.000
Muerte   
1.000.000
  
2.000.000
  
3.000.000
  
4.000.000

 

Para su información el Instituto confeccionó un addendem con los cambios realizados a las Condiciones Generales. Para obtener este documento sírvase comunicarse con su Agente de Seguros o Agencia Comercializadora.

¿Cómo y dónde puede usted utilizar el Seguro de Gastos Médicos del INS?

Pago directo al proveedor:
Ofrece la opción de utilizar bienes y servicios de salud, mediante el sistema de proveedores afiliados, con los cuales los siguientes beneficios cubiertos, serán pagados directamente al proveedor afiliado, siempre y cuando el asegurado presente la tarjeta de identificación:

a) Cuando se requieran los servicios médicos en forma ambulatoria de:  terapias especiales, exámenes especiales, medicina nuclear y medicina del dolor.

b) Cuando se requiera la atención médica ambulatoria a consecuencia de un accidente, durante las primeras 24 horas.

c) Cuando se requiera la atención médica hospitalaria y/o quirúrgica como consecuencia de una enfermedad o accidente cubierto por la póliza.

Para los puntos a)  y  c) anteriores, el asegurado debe coordinar con el proveedor afiliado la Pre -autorización. Este formulario debe ser enviado a nuestro Departamento de Accidentes y Salud, previo a la hospitalización o cirugía, (fax 243-9918) con 5 (cinco) días hábiles de anticipación.

Usted podrá ingresar a la Red de Proveedores en la dirección www.imcscostarica.com de nuestro Administrador de Servicios Médicos o en este sitio de internet, en el apartado Proveedores de Servicios.

 

Pago por reembolso:

a) Cuando se requiera servicios médicos de forma ambulatoria (incluye consulta externa).

b) Cuando se requieran servicios de hospitalización y/o procedimientos quirúrgicos  y no haya utilizado los proveedores afiliados.

c) Cuando el asegurado ha efectuado el pago directamente al proveedor por los servicios de: hospitalización, cirugía electiva, terapias especiales, exámenes especiales, medicina nuclear y medicina del dolor.


 

Modalidad Individual
Si usted elige esta modalidad podrá disfrutar de un descuento -en el pago de la prima anual- de un 5% cuando sean dos asegurados y para más de dos se aplica un 7.5%l.

 

Modalidad Colectiva

Para optar por esta modalidad debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Pertenecer a grupos cuya relación sea obrero-patronal o
  2. Formar parte de asociaciones, cooperativas y sindicatos de un mismo patrono o 
  3. De Colegios Profesionales
  4. Mínimo 10 asegurados directos.

Los seguros pueden adquirirse en cualquier Agencia Comercializadora de Seguros, con un Agente de Seguros Independiente, en las Agencias del Instituto en todo el territorio nacional y en las Oficinas Centrales del Instituto Nacional de Seguros.

 

Trámite de reclamos:

Para tramitar el reclamo por reembolso según la cobertura que corresponda, debe presentar:

 

Gastos Médicos

  • Solicitud de beneficios (suministrada por el INS) 
  • Recetas Médicas en el caso de medicamentos y prescripciones médicas de exámenes de laboratorio, ultrasonido, rayos x,  resonancias, etc. 
  • Facturas originales canceladas.
  • Cuando se efectúan gastos en el extranjero, el asegurado deberá presentar un certificado del médico tratante donde indique el diagnóstico, evolución del padecimiento y tratamiento efectuado, además de las facturas originales o los comprobantes de pago, en los cuales se detallen los gastos.
     

Muerte

  • Certificado emitido por el Registro Civil de Costa Rica (tomo, folio, asiento, causa de defunción)
  • Solicitud del beneficiario.
  • Fotocopia de las cédulas de identidad (asegurado y beneficiario).
  • Sumaria (cuando la muerte es accidental)

Proveedores de Servicios

Clínicas y centros afiliados

    Red Nacional de Proveedores

Políticas de seguridad y privacidad - e-mail: contactenos@ins-cr.com -
Instituto Nacional de Seguros - San José - Costa Rica - Tel: 2287-6000