La póliza Hogar Comprensivo es un seguro que le ofrece un novedoso “paquete” de coberturas, dirigido especialmente a propietarios de residencias, y que ofrece protección no sólo para su casa de habitación, sino que además brinda la posiblidad de contratar coberturas opciones tales como:
- Accidentes personales
- Riesgos del Trabajo para servidoras domésticas y trabajadores ocasionales
- Responsabilidad Civil.
Esta modalidad está disponible para viviendas cuya construcción sea completamente en concreto, que esté en buenas condiciones y con un mantenimiento adecuado.
Al adquirir esta póliza, el monto por cobertura resulta a un precio inferior que si se adquiriera en forma individual.
Coberturas:
Cobertura V: Daño Directo a Bienes Inmuebles: protege su vivienda de los daños producidos por: incendio casual y rayo; incendio de bosques y malezas, daños por humo, motín, huelga, paro legal, conmoción civil, daño malicioso o actos de personas malintencionadas, colisión de vehículos contra la propiedad asegurada, caída de aeronaves y objetos desprendidos de los mismos, implosión y explosión y el incendio derivado de la misma, caída de árboles, antenas y torres de televisión, radio, electrificación y similares, vientos huracanados, inundación y deslizamiento, lluvia y derrame.
Cobertura Y: Daño Directo Contenidos: ampara, para el menaje de la vivienda, todos los riesgos incluidos en la cobertura V y además se agrega:
- Pérdida y daño de los bienes amparados ocasionada por robo, o tentativa de robo.
- Daños por robo o tentativa de robo que sufra la vivienda asegurada, hasta un máximo del 5% de la suma asegurada, siempre que éste sea propietario del edificio o deba responder contractualmente por él.
- Robo de cualquier objeto raro o de arte cuyo valor unitario sea superior a los $500,oo por el que haya presentado lista detallada con su descripción, valor de compra o avalúo certificado por personas o firmas acreditadas.
- Robo de discos compactos, cintas de música y/o video originales, hasta un máximo de ¢200.000,00
- Convulsiones de la naturaleza, como por ejemplo temblor, terremoto y el incendio derivado del mismo, erupción volcánica, maremoto y fuego subterráneo.
Coberturas Opcionales
Responsabilidad Civil:. si se efectúa un reclamo o se establece una demanda judicial contra un Asegurado por daños debidos a lesión corporal o daño a la propiedad de terceros, causados por un accidente amparado en la póliza. Cubre el costo de los daños por los que el asegurado sea totalmene responsable, costas y gastos judiciales derivados del juicio por responsabilidad civil, gastos médicos necesarios para la atención de la víctima o víctimas del accidente.
Riesgos del Trabajo: cubre la responsabilidad directa del Patrono por la lesión, específicamente en los accidentes y enfermedades que ocurran a los trabajadores residenciales a consecuencia de sus labores. Cubre trabajadores domésticos y empleados ocasionales.
Accidentes Personales: Se incluye dentro de la protección de esta cobertura: muerte accidental, incapacidad permanente por accidentes y gastos médicos para el grupo familiar (padres e hijos).
Beneficios adicionales gratuitos:
Con la adquisición de todo el paquete de coberturas y un monto asegurado superior a los ¢ 5 millones usted contará con el servicio gratuito INS ASISTENCIA DOMICILIARIA. Solo hay que llamar al teléfono 800 800 3030
También se le otorga, sin necesidad de que usted lo solicite y totalmente gratuito:
- Cobertura para remoción de escombros: hasta por un 5% del monto asegurado en la propiedad afectada.
- Gastos por Alquiler: en caso de que lo requiriera mientras se efectúa la reparación o reconstrucción de su vivienda, durante un período razonable y hasta por seis meses, con un tope de 1% mensual del valor asegurado de su vivienda.
- Cobertura para propiedad personal en tránsito: de modo que mientras los bienes personales asegurados se encuentren en tránsito entre las viviendas del asegurado ubicadas dentro del territorio nacional, estarán cubiertos contra los riesgos suscritos en la póliza, hasta por un 5% del monto asegurado en la partida de propiedad personal.
- Protección para los bienes de uso personal: (no profesional) y de características similares a los bienes personales asegurados, pertenecientes a personas que se encontrasen en calidad de visitantes en la residencia principal del asegurado, contra los mismos riesgos suscritos por éste y hasta un 5% del límite máximo de responsabilidad del Instituto en el rubro de propiedad personal.
- Cobertura para Rotura de Cristales: (componentes de la vivienda fabricados de cristal, vidrio o similares, como puertas, ventanas o domos), por causas diferentes a las amparadas bajo las coberturas “V” y “D”. La suma a indemnizar por este concepto no podrá ser mayor al 2% del monto asegurado en la partida de residencia.