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Comuníquese a la línea 800-800-8000
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¿Qué hacer en caso de accidente? Infórmese y no sufra contratiempos. El contrato del Seguro Voluntario de Automóviles establece que al ocurrir un evento y/o accidente que se presuma cubierto por la póliza, el conductor del vehículo asegurado tiene la obligación de llamar al Instituto y a la Autoridad Competente inmediatamente a la ocurrencia del percance, y esperar la llegada del Inspector de Tránsito y del funcionario designado por el Instituto o la comunicación respectiva de éste, a fin de levantar la información correspondiente. Para efectos del reporte, el Instituto Nacional de Seguros pone a su disposición la línea gratuita 800-800-8000. Si por alguna circunstancia de fuerza mayor, no le es posible llamar o permanecer en el lugar del accidente, dispone de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente del accidente, para formalizar la denuncia, y justificar el porqué no pudo cumplir lo señalado en el párrafo anterior.
- En caso de accidente, ¿Quién se lleva su carro?
Si usted ha sufrido un accidente de tránsito, con toda seguridad recuerda lo angustiante que puede llegar a ser esta situación. Sin embargo y aún bajo la presión que sobre usted pueden ejercer en ese momento diversas circunstancias y terceras personas, es necesario que intente mantener la calma y tenga presente los siguientes consejos:
- Si producto del accidente el vehículo queda inhabilitado y requiere ser trasladado en grúa o plataforma; usted está en su derecho de elegir quien y a donde se le prestará el servicio. Es común que pocos minutos después de ocurrido el accidente, una o varias grúas se hagan presentes y se disputen el traslado de su vehículo.
- No permita que el vehículo sea enganchado sin su consentimiento, el simple hecho de solicitar volver a bajarlo podría resultarle bastante oneroso. Recuerde además que mediante el servicio de Asistencia en Carretera de la cobertura G del Seguro Voluntario de Automóviles, usted puede solicitar de manera gratuita una grúa o plataforma (según se requiera) . Para efectos del reporte, el Instituto Nacional de Seguros pone a su disposición la línea gratuita 800-800-8001.
- Ya lo sabe, aunque puede resultar difícil es necesario que en caso de sufrir un accidente, intente mantenerse sereno y sobre todo tenga claro que es usted quien elige la grúa y determina si el vehículo va a ser trasladado a su vivienda o directamente a su taller de confianza.
- ¿Malas reparaciones? Asesórese bien antes de elegir Taller.
Cuando a consecuencia de un accidente de tránsito el vehículo resulte dañado, hay que tener especial cuidado con la reparación. Dado lo anterior el Instituto Nacional de Seguros le recomienda:
- Elija un taller de confianza, ya sea porque ha sido su taller por muchos años o porque sus allegados se lo recomiendan. El mismo debería contar al menos con instalaciones físicas adecuadas, personal calificado, mobiliario y equipo básico.
- Usted está en su derecho de preguntar respecto a los materiales y repuestos utilizados, así mismo de exigir que le devuelvan las piezas dañadas que fueron sustituidas.
- Fíjese muy bien en los documentos que firma. Nunca firme documentos en blanco o que les falten datos; recuerde que cualquier palabra que se le agregue posteriormente al documento quedará respaldada con su firma.
- Es importante que usted tenga claro que la calidad de las reparaciones no es revisada por el INS, es por esto que la Ley de la Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, obliga al taller a emitir una garantía por escrito al menos por un mes.
Recuerde, en el momento de elegir un taller; busque, indague y pregunte a sus amigos y familiares, tome en cuenta factores de calidad, trayectoria, honradez, y responsabilidad.No se deje llevar por presiones, ni acceda llevar su vehículo a un taller que no conoce o del cual no tiene referencias.
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