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Martes, 13 de Mayo de 2008

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Retiro de cheques y valores

Personas físicas:

Retiro personal

  • Cédula de identidad al día o vigente del girado (costarricense).
  • Pasaporte, cédula de residencia, carné de pensionado rentista, carné de refugiado, carné de diplomático. (únicamente extranjeros).

Retiro por un tercero

  • Carta de autorización del girado.
  • Cédula de identidad del autorizante y del autorizado

Personas jurídicas:

Retiro directo por el representante legal

  • Cédula de identidad.
  • Certificación de la Personería Jurídica en que conste el carácter de Representante Legal (tesorero, gerente, presidente, etc.). Documento debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad, con un máximo de tres meses de emitido, en el cual conste el número de cédula jurídica. (Debe ser original, no se aceptan copias)
     

Retiro por autorización a mensajeros y/o terceras personas

  • Carta de autorización para el retiro del cheque en papel membretado o con sello de la empresa, firmada por el representante legal de la misma.
  • Certificación de Personería Jurídica del que firma la carta, con un máximo de tres meses de emitida, en el cual conste el número de cédula jurídica. (Debe ser original, no se aceptan copias).
  • Cédula de identidad de ambas personas: Autorizante y Autorizado. (Deben ser originales, no se aceptan copias)

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