En los acueductos de las urbanizaciones nuevas, el urbanizador es el responsable de colocar hidrantes y la municipalidad respectiva debe velar por esto, no recibiendo obras sin este servicio. En los acueductos existentes y en los que se establezcan, es responsabilidad del administrador, colocar los respectivos hidrantes e incluir este item en la tarifa. El Instituto Nacional de Seguros no está autorizado a intervenir en los acueductos por no ser de su patrimonio y solo es posible expresar la necesidad de este dispositivo mediante estudio de campo.