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Sábado, 10 de Mayo de 2008

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Abandono

 

En el seguro marítimo, es la cláusula que le permite al asegurado ceder al asegurador, los bienes que en caso de ocurrir un siniestro y bajo determinadas circunstancias.  El asegurador puede rechazar la pretensión del asegurado, no obstante, de aceptarla deberá satisfacer el total de la indemnización y no la proporción, porque entonces se trataría de salvamento.

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